Capítulo 26

 

Minerales metalíferos, escorias y cenizas

 

Notas.

 

1.              Este Capítulo no comprende:

 

a)              las escorias y desechos industriales similares preparados en forma de macadán (partida 25.17);

 

b)             el carbonato de magnesio natural (magnesita), incluso calcinado (partida 25.19);

 

c)              los lodos procedentes de los depósitos de almacenamiento de aceites de petróleo constituidos principalmente por estos aceites (partida 27.10);

 

d)             las escorias de desfosforación del Capítulo 31;

 

e)              la lana de escoria, de roca y lanas minerales similares (partida 68.06);

 

f)               los desperdicios y desechos de metal precioso o de chapado de metal precioso (plaqué); los demás desperdicios y desechos que contengan metal precioso o compuestos de metal precioso, de los tipos utilizados principalmente para la recuperación del metal precioso (partida 71.12);

 

g)             las matas de cobre, níquel o cobalto, obtenidas por fusión de los minerales (Sección XV).

 

2.              En las partidas 26.01 a 26.17, se entiende por minerales, los de las especies mineralógicas efectivamente  utilizadas  en metalurgia  para  la extracción  del  mercuriode los  metales de la partida

28.44 o de los metales de las Secciones XIV o XV, aunque no se destinen a la metalurgia siempre que, sin embargo, solo se hayan sometido a los tratamientos usuales en la industria metalúrgica.

 

3.              La partida 26.20 solo  comprende:

 

a)              las escorias, cenizas y residuos de los tipos utilizados en la industria para la extracción del metal o la fabricación de compuestos metálicos, excepto las cenizas y residuos procedentes de la incineración de desechos y desperdicios municipales (partida 26.21);

 

b)             las escorias, cenizas y residuos que contengan arsénico, incluso si contienen metal, de los tipos utilizados para la extracción de arsénico o metal o para la fabricación de sus compuestos químicos.

 

 

Notas de subpartida.

 

1.              En la subpartida 2620.21, se entiende por lodos de gasolina con plomo y lodos de compuestos antidetonantes con plomo, los lodos procedentes de los depósitos de almacenamiento de gasolina y los de compuestos antidetonantes, que contengan plomo (por ejemplo, tetraetilo de plomo), y constituidos esencialmente por plomo, compuestos de plomo y óxido de hierro.

 

2.              Las escorias, cenizas y residuos que contengan arsénico, mercurio, talio o sus mezclas, de los tipos utilizados para la extracción de arsénico o de estos metales o para la elaboración de sus compuestos químicos, se clasifican en la subpartida 2620.60.

 



26.01            Minerales  de hierro  y sus concentradosincluidas  las piritas  de  hierro tostadas (cenizas de piritas).

 

- Minerales de hierro y sus concentrados, excepto las piritas de hierro tostadas (cenizas de piritas):

 

2601.11.00    --       Sin aglomerar

2601.12.00                    --       Aglomerados

2601.20.00    -    Piritas de hierro tostadas (cenizas de piritas)

 

 

2602.00.00 Minerales de manganeso y sus concentrados, incluidos  los  minerales  de manganeso ferruginosos y sus concentrados con un contenido de manganeso superior o igual al 20  % en peso, sobre producto seco.

 

 

2603.00.00    Minerales de cobre y sus concentrados.

2604.00.00                    Minerales de níquel y sus concentrados.

2605.00.00                    Minerales de cobalto y sus concentrados.

26.06           Minerales de aluminio y sus concentrados.

 

2606.00.10        Bauxita, sin calcinar

 

2606.00.20                        Bauxita, calcinada

 

2606.00.90        Los demás

 

 

2607.00.00    Minerales de plomo y sus concentrados.

2608.00.00                    Minerales de cinc y sus concentrados.

2609.00.00                    Minerales de estaño y sus concentrados.

26.10            Minerales de cromo y sus concentrados.

 

2610.00.10        Cromita (óxido de cromo y de hierro)

 

2610.00.90                        Los demás

 

 

2611.00.00    Minerales de volframio (tungsteno) y sus concentrados.

 

 

26.12                           Minerales de uranio o torio, y sus concentrados.

 

2612.10.00    -    Minerales de uranio y sus concentrados

2612.20.00                    -    Minerales de torio y sus concentrados


26.13                           Minerales de molibdeno y sus concentrados.

 

2613.10.00    -    Tostados

2613.90.00      -                    Los demás

 

2614.00.00    Minerales de titanio y sus concentrados.

 

 

26.15                          Minerales de niobio, tantalio, vanadio o circonio, y sus concentrados.

 

2615.10        -    Minerales de circonio y sus concentrados

 

2615.10.10                             Silicatos de circonio

 

2615.10.90             Los demás

2615.90.00                    -    Los demás

 

26.16                          Minerales de los metales preciosos y sus concentrados.

2616.10.00    -    Minerales de plata y sus concentrados

2616.90    -                    Los demás

 

2616.90.10             De oro

 

2616.90.90             Los demás

 

 

26.17                          Los demás minerales y sus concentrados.

 

2617.10.00    -    Minerales de antimonio y sus concentrados

2617.90.00                    -    Los demás

 

2618.00.00    Escorias granuladas (arena de escorias) de la siderurgia.

 

 

2619.00.00    Escorias   (excepto   las   granuladas),   batiduras   y   demás   desperdicios  de  la siderurgia.

 

 

26.20                           Escorias, cenizas y residuos (excepto los de la siderurgia) que contengan metal, arsénico, o sus compuestos.

 

-     Que contengan principalmente cinc:

 

2620.11.00

--

Matas de galvanización

2620.19.00

--

Los demás

 

-  Que contengan principalmente plomo:

 

2620.21.00    --       Lodos de gasolina con plomo y lodos de compuestos antidetonantes con plomo

2620.29.00    --       Los demás

2620.30.00    -    Que contengan principalmente cobre

2620.40.00  -                    Que contengan principalmente aluminio


2620.60.00    -    Que contengan arsénico, mercurio, talio o sus mezclas, de los tipos utilizados para la extracción de arsénico o de estos metales o para la elaboración de sus compuestos químicos

 

-  Los demás:

 

2620.91.00

--

Que contengan antimonio, berilio, cadmio, cromo, o sus mezclas

2620.99.00

--

Los demás

 

 

26.21                           Las demás escorias y cenizas, incluidas las cenizas de algas; cenizas y residuos procedentes de la incineración de desechos y desperdicios municipales.

 

2621.10.00 - Cenizas y residuos procedentes de la incineración de desechos y desperdicios municipales

 

2621.90.00    -    Las demás