Capítulo 48

 

Papel y cartón; manufacturas de pasta de celulosa, de papel o cartón

 

Notas.

 

1.              En este Capítulo, salvo disposición en contrario, toda referencia a papel  incluye también al cartón, sin que se tenga en cuenta el espesor o el peso por m2.

2.              Este Capítulo no comprende:

 

a)              los artículos del Capítulo 30;

 

b)             las hojas para el marcado a fuego de la partida 32.12;

 

c)              los papeles perfumados y los papeles impregnados o recubiertos de cosméticos (Capítulo 33);

 

d)             el papel y la guata de celulosa impregnados, recubiertos o revestidos de jabón o de detergentes (partida 34.01), o de cremas, encáusticos, abrillantadores (lustres) o preparaciones similares (partida 34.05);

 

e)             el papel y cartón sensibilizados de las partidas 37.01 a 37.04;

 

f)               el papel impregnado con reactivos de diagnóstico o de laboratorio (partida 38.22);

 

g)             el plástico estratificado con papel o cartón, los productos constituidos por una capa de papel o cartón recubiertos o revestidos de una capa de plástico cuando el espesor de esta última sea superior a la mitad del espesor total, y las manufacturas de estas materias, excepto los revestimientos para paredes de la partida 48.14 (Capítulo 39);

 

h)              los artículos de la partida 42.02 (por ejemplo, artículos de viaje);

 

ij)      los artículos del Capítulo 46 (manufacturas de espartería o cestería);

 

k)              los hilados de papel y los artículos textiles de hilados de papel (Sección XI);

 

l)               los artículos de los Capítulos 64 ó 65;

 

m)            los abrasivos aplicados sobre papel o cartón (partida 68.05) y la mica aplicada sobre papel o cartón (partida 68.14); por el contrario, el papel o cartón revestidos de polvo de mica se clasifican en este Capítulo;

 

n)              las hojas y tiras delgadas de metal con soporte de papel o cartón (generalmente Secciones XIV o XV);

 

o)             los artículos de la partida 92.09;

 

p)             los artículos del Capítulo 95 (por ejemplo: juguetes, juegos, artefactos deportivos);

 

q)             los artículos del Capítulo 96 (por ejemplo: botones, compresas y tampones higiénicos, pañales para bebés).

 

3.              Salvo lo dispuesto en la Nota 7, se clasifican en las partidas 48.01 a 48.05 el papel y cartón que, por calandrado u otro modo, se hayan alisado, satinado, abrillantado, glaseado, pulido o sometido a otras operaciones de acabado similares, o a un falso afiligranado o un aprestado en la superficie, así como el papel, cartón, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa, coloreados o jaspeados en la masa por cualquier procedimiento. Salvo lo dispuesto en la partida 48.03, estas partidas no se aplican al papel, cartón, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa que hayan sido tratados de otro modo.


4.              En este Capítulo, se considera papel prensa el papel sin estucar ni recubrir del tipo utilizado para la impresión de diarios, en el que el contenido de fibras de madera obtenidas por procedimiento mecánico o químico-mecánico sea superior o igual al 50 % en peso del contenido total de fibra, sin encolar o muy ligeramente encolado, cuyo índice de rugosidad, medido en el aparato Parker Print Surf (1 MPa) sobre cada una de las caras, sea superior a 2,5 micras (micrometros, micrones)* y de peso superior o igual a 40 g/m² pero inferior o igual a 65 g/m² y presentado exclusivamente a) en tiras o bobinas (rollos) de anchura superior a 28 cm; o b) en hojas de forma cuadrada o rectangular en las que sus lados sean superiores a 28 cm y a 15 cm, medidos sin plegar.

 

5.              En la partida 48.02, se entiende por papel y cartón de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos y papel y cartón para tarjetas o cintas para perforar (sin perforar), el papel y cartón fabricados principalmente con pasta blanqueada o con pasta obtenida por procedimiento mecánico o químico-mecánico que cumplan alguna de las condiciones siguientes:

 

Para el papel o cartón de peso inferior o igual a 150 g/m2:

 

a)              un contenido de fibras obtenidas por procedimiento mecánico o químico-mecánico superior o igual al 10  %, y

 

1)              un peso inferior o igual a 80 g/m2, o

2)              estar coloreado en la masa;

 

b)             un contenido de cenizas superior al 8 %, y

 

1)              un peso inferior o igual a 80 g/m2, o

2)              estar coloreado en la masa;

 

c)              un contenido de cenizas superior al 3 % y un grado de blancura (factor de reflectancia) superior o igual al 60 %;

 

d)             un contenido de cenizas superior al 3 % pero inferior o igual al 8 %, un grado de blancura (factor de reflectancia) inferior al 60 % y un índice de resistencia al estallido inferior o igual a 2,5 kPa×m2/g;

 

e)              un contenido de cenizas inferior o igual al 3 %, un grado de blancura (factor de reflectancia) superior o igual al 60 % y un índice de resistencia al estallido inferior o igual a 2,5 kPa×m2/g;

Para el papel o cartón de peso superior a 150 g/m2:

a)              estar coloreado en la masa;

 

b)             un grado de blancura (factor de reflectancia) superior o igual al 60 %, y

 

1)             un espesor inferior o igual a 225 micras (micrometros, micrones)*, o

 

2)             un espesor superior a 225 micras (micrometros, micrones)* pero inferior o igual a 508 micras (micrometros, micrones)* y un contenido de cenizas superior al 3 %;

 

c)              un grado de blancura (factor de reflectancia) inferior al 60 %, un espesor inferior o igual a 254 micras (micrometros, micrones)* y un contenido de cenizas superior al 8 %.

 

Sin embargo, la partida 48.02 no comprende el papel y cartón filtro (incluido el papel para bolsitas de té) ni el papel y cartón fieltro.

 

6.              En este Capítulo, se entiende por papel y cartón Kraft, el papel y cartón con un contenido de fibras obtenidas por procedimiento químico al sulfato o a la sosa (soda) superior o igual al 80 % en peso del contenido total de fibra.


7.              Salvo disposición en contrario en los textos de partida, el papel, cartón, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa, que puedan clasificarse en dos o más de las partidas 48.01 a 48.11, se clasifican en la que, de entre ellas, figure en la Nomenclatura en último lugar por orden de numeración.

 

8.              En las partidas 48.03 a 48.09, se clasifican solamente el papel, cartón, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa que se presenten en una de las formas siguientes:

 

a)              tiras o bobinas (rollos) de anchura superior a 36 cm; o

 

b)             hojas en forma cuadrada o rectangular en las que sus lados sean superiores a 36 cm y a 15 cm, medidos sin plegar.

 

9.              En la partida 48.14, se entiende por papel para decorar y revestimientos similares de paredes o techos:

 

a)              el papel en bobinas (rollos) de anchura superior o igual a 45 cm pero inferior o igual a 160 cm, adecuado para la decoración de paredes o de techos:

 

1)             graneado, gofrado, coloreado, impreso con motivos o decorado de otro modo en la superficie (por ejemplo, con tundizno), incluso recubierto o revestido de un plástico protector transparente; o

 

2)              con la superficie graneada debido a la presencia de partículas de madera, de paja, etc; o

 

3)             recubierto o revestido en la cara vista con plástico que esté graneado, gofrado, coloreado, impreso con motivos o decorado de otro modo; o

 

4)              revestido en la cara vista con materia trenzable, incluso tejida en forma plana o paralelizada;

 

b)             las cenefas y frisos de papel, tratados como los anteriores, incluso en bobinas (rollos), adecuados para la decoración de paredes o techos;

 

c)              los revestimientos murales de papel constituidos por varios paneles, en bobinas (rollos) o en hojas, impresos de modo que formen un paisaje, una figura u otro motivo después de colocados en la pared.

 

Las manufacturas con soporte de papel o cartón susceptibles de utilizarse como cubresuelos o como revestimientos de paredes se clasifican en la partida 48.23.

 

10.           La partida 48.20 no comprende las hojas y tarjetas sueltas, cortadas en formatos, incluso impresas, estampadas o perforadas.

 

11.           Se clasifican, entre otros, en la partida 48.23, el papel y cartón perforados para mecanismos Jacquard o similares y los encajes de papel.

 

12.           El papel, cartón, guata de celulosa y las manufacturas de estas materias, con impresiones o ilustraciones que no sean accesorias en relación con su utilización principal se clasifican en el Capítulo 49, excepto los artículos de las partidas 48.14 y 48.21.

 

 

Notas de subpartida.

 

1.              En las subpartidas 4804.11 y 4804.19, se considera papel y cartón para caras (cubiertas) («Kraftliner»), el papel y cartón alisados en ambas caras o satinados en una cara, presentados en bobinas (rollos) en los que el contenido de fibras de madera obtenidas por el procedimiento químico al sulfato o a la sosa (soda) sea superior o igual al 80 % en peso del contenido total de fibra, de peso superior a 115 g/m² y con una resistencia mínima al estallido Mullen igual a los valores indicados en el cuadro siguiente o, para cualquier otro peso, sus equivalentes interpolados o extrapolados linealmente.


Peso g/m²

 

Resistencia mínima al estallido Mullen kPa

115

 

393

125

 

417

200

 

637

300

 

824

400

 

961

 

2.              En las subpartidas 4804.21 y 4804.29, se considera papel Kraft para sacos (bolsas) el papel alisado en ambas caras, presentado en bobinas (rollos), en el que el contenido de fibras obtenidas por el procedimiento químico al sulfato o a la sosa (soda) sea superior o igual al 80 % en peso del contenido total de fibra, de peso superior o igual a 60 g/m² pero inferior o igual a 115 g/m², y que responda a una de las condiciones siguientes:

 

a)              que tenga un índice de estallido Mullen superior o igual a 3,7 kPa×m2/g y un alargamiento superior al 4,5 % en la dirección transversal y al 2 % en la dirección longitudinal de la máquina;

 

b)             que tenga la resistencia mínima al desgarre y a la ruptura por tracción indicadas en el cuadro siguiente o sus equivalentes interpolados linealmente para cualquier otro peso:

 

 

Peso g/m2

Resistencia mínima al desgarre

mN

Resistencia mínima a la ruptura por tracción

kN/m

Dirección longitudinal de la máquina

Dirección longitudinal de la máquina más dirección transversal

Dirección transversal

Dirección longitudinal de la máquina más dirección

transversal

60

700

1.510

1,9

6

70

830

1.790

2,3

7,2

80

965

2.070

2,8

8,3

100

1.230

2.635

3,7

10,6

115

1.425

3.060

4,4

12,3

 

3.              En la subpartida 4805.11, se entiende por papel semiquímico para acanalar el papel presentado en bobinas (rollos), en el que el contenido de fibras crudas de madera de frondosas obtenidas por la combinación de procedimientos mecánico y químico sea superior o igual al 65 % en peso del contenido total de fibra y con una resistencia al aplastamiento según el método CMT 30 (Corrugated Medium Test con 30 minutos de acondicionamiento) superior a 1,8 newtons/g/m2 para una humedad relativa de 50 %, a una temperatura de 23 º C.

 

4.              La subpartida 4805.12 comprende el papel en bobinas (rollos), compuesto principalmente de pasta de paja obtenida por la combinación de procedimientos mecánico y químico, de peso superior o igual a 130 g/m2 y con una resistencia al aplastamiento según el método CMT 30 (Corrugated Medium Test con 30 minutos de acondicionamiento) superior a 1,4 newtons/g/m2 para una humedad relativa de 50

%, a una temperatura de 23 º C.

 

5.              Las subpartidas 4805.24 y 4805.25 comprenden el papel y cartón compuestos exclusiva o principalmente  de  pasta  de  papel  o  cartón  reciclado  (de  desperdicios  y  desechos).  El  papel

«Testliner» puede igualmente tener una capa superficial de papel coloreado o compuesto de pasta blanqueada o cruda, sin reciclar. Estos productos tienen un índice de estallido Mullen superior o igual a 2 kPa×m2/g.


6.              En la subpartida 4805.30, se entiende por papel sulfito para envolver, el papel satinado en una cara en el que el contenido de fibras de madera obtenidas por el procedimiento químico al sulfito sea superior al

40 % en peso del contenido total de fibra, con un contenido de cenizas inferior o igual al 8 % y con un índice de estallido Mullen superior o igual a 1,47 kPa×m2/g.

7.              En la subpartida 4810.22, se entiende por papel estucado o cuché ligero (liviano)* («L.W.C.») («light- weight coated»), el papel estucado en las dos caras, de peso inferior o igual a 72 g/m², con un peso de la capa de estucado inferior o igual a 15 g/m² por cada cara, con un soporte constituido por fibras de madera obtenidas por procedimiento mecánico, cuyo contenido sea superior o igual al 50 % en peso del contenido total de fibra.

 


 

 

4801.00.00    Papel prensa en bobinas (rollos) o en hojas.

 

 

48.2                              Papel y cartón, sin estucar ni recubrir, de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos y papel y cartón para tarjetas o cintas para perforar (sin perforar), en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular, de cualquier tamaño, excepto el papel de las partidas 48.01 ó 48.03; papel y cartón hechos a mano (hoja a hoja).

 

4802.10.00    -   Papel y cartón hechos a mano (hoja a hoja)

 

4802.20.00    -   Papel  y  cartón  soporte  para  papel  o  cartón  fotosensibles,  termosensibles  o electrosensibles

 

4802.40.00    -   Papel soporte para papeles de decorar paredes

 

-  Los demás papeles y cartones, sin fibras obtenidas por procedimiento mecánico o químico-mecánico o con un contenido total de estas  fibras  inferior o igual al 10  %  en peso del contenido total de fibra:

 

4802.54.00

--

De peso inferior a 40 g/m2

4802.55.00

--

De peso superior o igual a 40 g/m2 pero inferior o igual a 150 g/m2,  en                                                                                                      bobinas (rollos)

4802.56.00

--

De peso superior o igual a 40 g/m2 pero inferior o igual a 150 g/m2,  en hojas  en

 

 

las que un lado sea inferior o igual a 435 mm y el otro    sea inferior o igual a 297 mm, medidos sin plegar

4802.57.00

--

Los demás, de peso superior o igual a 40 g/m2 pero inferior o igual a 150 g/m2

4802.58.00

--

De peso superior a 150 g/m2

 

-  Los demás papeles y cartones, con un contenido total de fibras obtenidas por procedimiento mecánico o químico-mecánico superior al 10 % en peso del contenido total de fibra:

 

4802.61.00

--

En bobinas (rollos)

4802.62.00

--

En hojas en las que un lado sea inferior o igual a 435 mm y el otro sea inferior o igual a 297 mm, medidos sin plegar

4802.69.00

--

Los demás


48.3                              Papel del tipo utilizado para papel higiénico, toallitas para desmaquillar, toallas, servilletas o papeles similares de uso doméstico, de higiene o tocador, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa, incluso rizados («crepés»), plisados, gofrados, estampados, perforados, coloreados o decorados en la superficie o impresos, en bobinas (rollos) o en hojas.

 

4803.00.10        Guata de celulosa y napa de fibras de celulosa

4803.00.20        Papel rizado («crepé»), plisado, gofrado, estampado o perforado 4803.00.90        Los demás

 

 

48.4                              Papel y cartón Kraft, sin estucar ni recubrir, en bobinas (rollos) o en hojas, excepto el de las partidas 48.02 ó 48.03.

 

-   4804.11.00	--	Crudos
4804.19.00	--	Los demás

- Papel Kraft para

Papel y cartón para caras (cubiertas) («Kraftliner»):

 

 

 

 

sacos (bolsas):

 

4804.21.00

--

Crudo

4804.29.00

--

Los demás

 

-    Los demás papeles y cartones Kraft, de peso inferior o igual a 150 g/m²:

 

4804.31.00

--

Crudos

4804.39.00

--

Los demás

 

-   Los demás papeles y cartones Kraft, de peso superior a 150 g/m² pero inferior a 225 g/m²:

 

4804.41.00

--

Crudos

4804.42.00

--

Blanqueados uniformemente en la masa y con un contenido de fibras de madera obtenidas por procedimiento químico superior al 95 % en peso del contenido total de fibra

4804.49.00

--

Los demás

 

- Los demás papeles y cartones Kraft, de peso superior o igual a 225 g/m²:

4804.51.00

--

Crudos

4804.52.00

--

Blanqueados uniformemente en la masa y con un contenido de fibras de madera obtenidas por procedimiento químico superior al 95 % en peso del contenido total de fibra

4804.59.00

--

Los demás


48.5                              Los demás papeles y cartones, sin estucar ni recubrir, en bobinas (rollos) o en hojas, que no hayan sido sometidos a trabajos complementarios o tratamientos distintos de los especificados en la Nota 3 de este Capítulo.

 

-  Papel para acanalar:

 

4805.11.00

--

Papel semiquímico para acanalar

4805.12.00

--

Papel paja para acanalar

4805.19.00

--

Los demás

 

-  «Testliner» (de fibras recicladas): 4805.24.00         --                      De peso inferior o igual a 150 g/m2 4805.25.00       --                      De peso superior a 150 g/m2 4805.30.00     -                    Papel sulfito para envolver 4805.40.00         -           Papel y cartón filtro

4805.50.00    -   Papel y cartón fieltro, papel y cartón lana

 

-  Los demás:

 

4805.91.00    --       De peso inferior o igual a 150 g/m2

4805.92.00    --       De peso superior a 150 g/m2 pero inferior a 225 g/m2 4805.93.00                    --       De peso superior o igual a 225 g/m2

 

48.6                              Papel y cartón sulfurizados, papel resistente a las grasas, papel vegetal, papel cristal y demás papeles calandrados transparentes o traslúcidos, en bobinas (rollos) o en hojas.

 

4806.10.00    -   Papel y cartón sulfurizados (pergamino vegetal) 4806.20.00                    -   Papel resistente a las grasas («greaseproof») 4806.30.00 -                    Papel vegetal (papel calco)

4806.40.00    -   Papel cristal y demás papeles calandrados transparentes o traslúcidos

 

 

4807.00.00   Papel y cartón obtenidos por pegado de hojas planas, sin estucar ni recubrir en  la superficie y sin impregnar, incluso reforzados interiormente, en bobinas (rollos) o en hojas.

 

 

48.8                              Papel y cartón corrugados (incluso revestidos por encolado), rizados («crepés»), plisados, gofrados, estampados o perforados, en bobinas (rollos) o en hojas, excepto el papel de los tipos descritos en el texto de la partida 48.03.

 

4808.10.00    -   Papel y cartón corrugados, incluso perforados

 

4808.40.00    -   Papel Kraft rizado («crepé») o plisado, incluso gofrado, estampado o perforado 4808.90.00    -   Los demás


 

48.9                              Papel carbón (carbónico), papel autocopia y demás papeles para copiar o transferir (incluido el estucado o cuché, recubierto o impregnado, para clisés de mimeógrafo («stencils») o para planchas offset), incluso impresos, en bobinas (rollos) o en hojas.

 

4809.20.00    -    Papel autocopia 4809.90.00                    -    Los demás

 

48.10                           Papel y cartón estucados por una o las dos caras con caolín u otras sustancias inorgánicas, con aglutinante o sin él, con exclusión de cualquier otro estucado o recubrimiento, incluso coloreados o decorados en la superficie o impresos, en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular, de cualquier tamaño.

 

-  Papel y cartón de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos, sin fibras obtenidas por procedimiento mecánico o químico-mecánico o con un contenido total de estas fibras inferior o igual al 10 % en peso del contenido total de fibra:

 

4810.13

--

En bobinas (rollos)

4810.13.10

 

De peso inferior o igual a 150 g/m2

4810.13.20

 

De peso superior a 150 g/m2

4810.14

--

En hojas en las que un lado sea inferior o igual a 435 mm y el otro sea inferior o

 

4810.14.10

 

igual a 297 mm, medidos sin plegar De peso inferior o igual a 150 g/m2

4810.14.20

 

De peso superior a 150 g/m2

4810.19

--

Los demás

4810.19.10

 

De peso inferior o igual a 150 g/m2

4810.19.20

 

De peso superior a 150 g/m2

 

-  Papel y cartón de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos, con un contenido total de fibras obtenidas por procedimiento mecánico o químico- mecánico superior al 10 % en peso del contenido total de fibra:

 

4810.22.00

--

Papel estucado o cuché ligero (liviano)* («L.W.C.»)

4810.29.00

--

Los demás

 

-  Papel y cartón Kraft, excepto los de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos:

 

4810.31.00

--

Blanqueados uniformemente en la masa y con un contenido de fibras de madera

 

 

obtenidas por procedimiento químico superior al 95  % en peso del contenido total de

 

 

fibra, de peso inferior o igual a 150 g/m²

4810.32.00

--

Blanqueados uniformemente en la masa y con un contenido de fibras de madera

 

 

obtenidas por procedimiento químico superior al 95 % en peso del contenido total de fibra, de peso superior a 150 g/m²

4810.39.00

--

Los demás


-   Los demás papeles y cartones:

 

4810.92.00

--

Multicapas

4810.99.00

--

Los demás

 

 

48.11                           Papel, cartón, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa, estucados, recubiertos, impregnados o revestidos, coloreados o decorados en la superficie o impresos, en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular, de cualquier tamaño, excepto los productos de los tipos descritos en el texto de las partidas 48.03, 48.09 ó 48.10.

 

4811.10.00    -   Papel y cartón alquitranados, embetunados o asfaltados

-  Papel y cartón engomados o adhesivos: 4811.41.00                    -- Autoadhesivos

4811.49.00    --       Los demás

 

-   Papel y cartón recubiertos, impregnados o revestidos de plástico (excepto los adhesivos):

 

4811.51.00    --       Blanqueados, de peso superior a 150 g/m² 4811.59.00 --                    Los demás

4811.60.00    -    Papel y cartón recubiertos, impregnados o revestidos de cera, parafina, estearina, aceite o glicerol

 

4811.90.00    -   Los demás papeles, cartones, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa

 

 

4812.00.00    Bloques y placas, filtrantes, de pasta de papel.

 

 

48.13                           Papel de fumar, incluso cortado al tamaño adecuado, en librillos o en tubos.

 

4813.10.00    -   En librillos o en tubos

 

4813.20.00    -    En bobinas (rollos) de anchura inferior o igual a 5 cm 4813.90.00                    -    Los demás

 

48.14                           Papel para decorar y revestimientos similares de paredes; papel para vidrieras.

 

4814.20.00 - Papel para decorar y revestimientos similares de paredes, constituidos por papel recubierto o revestido, en la cara vista, con una capa de plástico graneada, gofrada, coloreada, impresa con motivos o decorada de otro modo

 

4814.90        -    Los demás

4814.90.10             Papel para decorar y revestimientos similares de paredes, constituidos por papel revestido en la cara vista con materia trenzable, incluso tejida en forma plana o paralelizada

4814.90.90             Los demás


48.16                           Papel carbón (carbónico), papel autocopia y demás papeles para copiar o transferir (excepto los de la partida 48.09), clisés de mimeógrafo («stencils») completos y planchas offset, de papel, incluso acondicionados en cajas.

4816.20.00    -    Papel autocopia 4816.90 -                    Los demás

4816.90.10             Papel carbón (carbónico) y papeles similares 4816.90.90                             Los demás

 

 

48.17                           Sobres, sobres carta, tarjetas postales sin ilustrar y tarjetas para correspondencia, de papel o cartón; cajas, bolsas y presentaciones similares, de papel o cartón, con un surtido de artículos de correspondencia.

 

4817.10.00    -   Sobres

 

4817.20.00    -   Sobres carta, tarjetas postales sin ilustrar y tarjetas para correspondencia

 

4817.30.00    -   Cajas, bolsas y presentaciones similares de papel o cartón, con un surtido de artículos de correspondencia

 

 

48.18                           Papel del tipo utilizado para papel higiénico y papeles similares, guata de celulosa o napa de fibras de celulosa, de los tipos utilizados para fines domésticos o sanitarios, en bobinas (rollos) de una anchura inferior o igual a 36 cm o cortados en formato; pañuelos, toallitas de desmaquillar, toallas, manteles, servilletas, sábanas y artículos similares para uso doméstico, de tocador, higiénico o de hospital, prendas y complementos (accesorios), de vestir, de pasta de papel, papel, guata de celulosa o napa de fibras de celulosa.

 

4818.10.00    -   Papel higiénico

 

4818.20.00    -   Pañuelos, toallitas de desmaquillar y toallas 4818.30.00                    -   Manteles y servilletas

4818.50.00    -    Prendas y complementos (accesorios), de vestir 4818.90.00                    -    Los demás

 

48.19                           Cajas, sacos (bolsas), bolsitas, cucuruchos y demás envases de papel, cartón, guata de celulosa o napa de fibras de celulosa; cartonajes de oficina, tienda o similares.

 

4819.10.00    -    Cajas de papel o cartón corrugado

 

4819.20.00    -    Cajas y cartonajes, plegables, de papel o cartón, sin corrugar 4819.30.00  -                    Sacos (bolsas) con una anchura en la base superior o igual a 40 cm 4819.40.00                    -    Los demás sacos (bolsas); bolsitas y cucuruchos

4819.50.00    -    Los demás envases, incluidas las fundas para discos 4819.60.00                    -    Cartonajes de oficina, tienda o similares


48.20                           Libros registro, libros de contabilidad, talonarios (de notas, pedidos o recibos), agendas, bloques memorandos, bloques de papel de cartas y artículos similares, cuadernos, carpetas de mesa, clasificadores, encuadernaciones (de hojas móviles u otras), carpetas y cubiertas para documentos y demás artículos escolares, de oficina o de papelería, incluso los formularios en paquetes o plegados («manifold»), aunque lleven papel carbón (carbónico), de papel o cartón; álbumes para muestras o para colecciones y cubiertas para libros, de papel o cartón.

 

4820.10         -   Libros registro, libros de contabilidad, talonarios (de notas, pedidos o recibos), bloques memorandos, bloques de papel de cartas, agendas y artículos similares

4820.10.10             Bloques de papel de cartas o de otros papeles similares de escribir 4820.10.90                             Los demás

 

4820.20.00    -   Cuadernos

 

4820.30.00    -   Clasificadores,  encuadernaciones  (excepto  las  cubiertas  para  libros),   carpetas  y cubiertas para documentos

 

4820.40.00    -   Formularios  en  paquetes  o  plegados  («manifold»),  aunque  lleven  papel  carbón (carbónico)

4820.50.00    -    Álbumes para muestras o para colecciones 4820.90.00                    -    Los demás

 

48.21                           Etiquetas de todas clases, de papel o cartón, incluso impresas.

 

4821.10.00    -    Impresas 4821.90.00       -                    Las demás

 

48.22                           Carretes, bobinas, canillas y soportes similares, de pasta de papel, papel o cartón, incluso perforados o endurecidos.

 

4822.10.00    -    De los tipos utilizados para el bobinado de hilados textiles 4822.90.00                    -    Los demás

 

48.23                           Los demás papeles, cartones, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa, cortados en formato; los demás artículos de pasta de papel, papel, cartón, guata de celulosa o napa de fibras de celulosa.

 

4823.20.00    -   Papel y cartón filtro

 

4823.40.00    -   Papel diagrama para aparatos registradores, en bobinas (rollos), hojas o discos

 

- Bandejas, fuentes, platos, tazas, vasos y artículos similares, de papel o cartón: 4823.61.00    --       De bambú

4823.69.00    --       Los demás

 

4823.70         -   Artículos moldeados o prensados, de pasta de papel 4823.70.10                             Juntas

4823.70.90             Los demás

 

4823.90        -    Los demás 4823.90.10                            Juntas


4823.90.20             Cartones para mecanismos Jacquard y similares 4823.90.30                             Patrones, modelos y plantillas

4823.90.90             Los demás