Capítulo 96

 

Manufacturas diversas

 

Notas.

 

1.              Este Capítulo no comprende:

 

a)              los lápices de maquillaje o tocador (Capítulo 33);

 

b)             los artículos del Capítulo 66 (por ejemplo: partes de paraguas o bastones);

 

c)              la bisutería (partida 71.17);

 

d)             las partes y accesorios de uso general, tal como se definen en la Nota 2 de la Sección XV, de metal común (Sección XV) y los artículos similares de plástico (Capítulo 39);

 

e)              los artículos del Capítulo 82 (útiles, artículos de cuchillería, cubiertos de mesa) con mangos o partes de materias para tallar o moldear. Cuando se presenten aisladamente, estos mangos y partes se clasifican en las partidas 96.01 ó 96.02;

 

f)               los artículos del Capítulo 90 (por ejemplo: monturas (armazones) de gafas (anteojos) (partida 90.03), tiralíneas (partida 90.17), artículos de cepillería de los tipos manifiestamente utilizados en medicina, cirugía, odontología o veterinaria (partida 90.18));

 

g)             los artículos del Capítulo 91 (por ejemplo: cajas y envolturas similares de relojes o demás aparatos de relojería);

 

h)             los instrumentos musicales, sus partes y accesorios (Capítulo 92); ij)         los artículos del Capítulo 93 (armas y sus partes);

k)              los artículos del Capítulo 94 (por ejemplo: muebles, aparatos de alumbrado);

 

l)               los artículos del Capítulo 95 (por ejemplo: juguetes, juegos, artefactos deportivos);

 

m)            los artículos del Capítulo 97 (objetos de arte o colección y antigüedades).

 

2.              En la partida 96.02, se entiende por materias vegetales o minerales para tallar:

 

a)              las semillas duras, pepitas, cáscaras, nueces y materias vegetales similares para tallar (por ejemplo: nuez de corozo, de palmera-dum);

 

b)             el ámbar (succino) y la espuma de mar, naturales o reconstituidos, así como el azabache y materias minerales análogas al azabache.

 

3.              En la partida 96.03, se consideran cabezas preparadas los mechones de pelo, fibra vegetal u otra materia, sin montar, listos para su uso en la fabricación de brochas, pinceles o artículos análogos, sin dividirlos o que solo necesiten un complemento poco importante de mano de obra, tal como el igualado o acabado de puntas.

 

4.              Los artículos de este Capítulo, excepto los de las partidas 96.01 a 96.06 ó 96.15, constituidos total o parcialmente por metal precioso, chapado de metal precioso (plaqué), piedras preciosas o semipreciosas (naturales, sintéticas o reconstituidas), o que lleven perlas finas (naturales)* o cultivadas, permanecen clasificados en este Capítulo. Sin embargo, también están comprendidos en este Capítulo los artículos de las partidas 96.01 a 96.06 ó 96.15 con simples guarniciones o accesorios de mínima importancia de metal precioso, chapado de metal precioso (plaqué), de perlas finas (naturales)* o cultivadas o piedras preciosas o semipreciosas (naturales, sintéticas o reconstituidas).

 



96.1                              Marfil, hueso, concha (caparazón) de tortuga, cuerno, asta, coral, nácar y demás materias animales para tallar, trabajadas, y manufacturas de estas materias (incluso las obtenidas por moldeo).

 

9601.10.00    -   Marfil trabajado y sus manufacturas 9601.90.00                    -   Los demás

 

96.2                              Materias vegetales o minerales para tallar, trabajadas, y manufacturas de estas materias; manufacturas moldeadas o talladas de cera, parafina, estearina, gomas o resinas naturales o pasta para modelar y demás manufacturas moldeadas o talladas no expresadas ni comprendidas en otra parte; gelatina sin endurecer  trabajada, excepto la de la partida 35.03, y manufacturas de gelatina sin endurecer.

 

9602.00.10        Cápsulas vacías de gelatina para productos farmacéuticos 9602.00.90                        Las demás

 

 

96.3                              Escobas y escobillas, cepillos, brochas y pinceles (incluso si son partes de máquinas, aparatos o vehículos), escobas mecánicas, sin motor, de uso manual, fregonas o mopas y plumeros; cabezas preparadas para artículos de cepillería; almohadillas o muñequillas y rodillos, para pintar; rasquetas de caucho o materia flexible análoga.

 

9603.10.00    -   Escobas y escobillas de ramitas u otra materia vegetal atada en haces, incluso con mango

 

- Cepillos de dientes, brochas de afeitar, cepillos para cabello, pestañas o uñas y demás cepillos para aseo personal, incluidos los que sean partes de aparatos:

 

9603.21.00    --       Cepillos de dientes, incluidos los cepillos para dentaduras postizas 9603.29.00    --       Los demás

9603.30.00    -   Pinceles  y brochas  para pintura artística,  pinceles  para escribir  y pinceles similares para aplicación de cosméticos

 

9603.40.00    -   Pinceles  y  brochas  para  pintar,  enlucir,  barnizar  o  similares  (excepto  los  de  la subpartida 9603.30); almohadillas o muñequillas y rodillos, para pintar

 

9603.50.00    -   Los demás cepillos que constituyan partes de máquinas, aparatos o vehículos 9603.90.00    -   Los demás

 

9604.00.00    Tamices, cedazos y cribas, de mano.

 

 

9605.00.00 Juegos o surtidos de viaje para aseo personal, costura o limpieza del calzado o de prendas de vestir.

 

 

96.6                              Botones y botones de presión; formas para botones y demás partes de botones o de botones de presión; esbozos de botones.

 

9606.10.00    -   Botones de presión y sus partes


-   Botones:

 

9606.21.00

--

De plástico, sin forrar con materia textil

9606.22.00

--

De metal común, sin forrar con materia textil

9606.29.00

--

Los demás

 

9606.30.00    -    Formas para botones y demás partes de botones; esbozos de botones

 

 

96.7                              Cierres de cremallera (cierres relámpago) y sus partes.

 

-   Cierres de cremallera (cierres relámpago):

 

9607.11.00

--

Con dientes de metal común

9607.19.00

--

Los demás

 

9607.20.00    -   Partes

 

 

96.8                              Bolígrafos; rotuladores y marcadores con punta de fieltro u otra punta porosa; estilográficas y demás plumas; estiletes o punzones para clisés de mimeógrafo («stencils»); portaminas; portaplumas, portalápices y artículos similares; partes de estos artículos (incluidos los capuchones y sujetadores), excepto las de la partida 96.09.

 

9608.10.00    -   Bolígrafos

 

9608.20.00    -   Rotuladores y marcadores con punta de fieltro u otra punta porosa 9608.30.00                    -   Estilográficas y demás plumas

9608.40.00    -   Portaminas

 

9608.50.00    -   Juegos de artículos pertenecientes, por lo menos, a dos de las subpartidas anteriores 9608.60.00    -   Cartuchos de repuesto con su punta para bolígrafo

- Los demás:

 

9608.91.00

--

Plumillas y puntos para plumillas

9608.99.00

--

Los demás

 

 

96.9                              Lápices, minas, pasteles, carboncillos, tizas para escribir o dibujar y jaboncillos (tizas) de sastre.

 

9609.10.00    -    Lápices

 

9609.20.00    -    Minas para lápices o portaminas 9609.90.00                    -    Los demás

 

9610.00.00    Pizarras y tableros para escribir o dibujar, incluso enmarcados.


9611.00.00 Fechadores, sellos, numeradores, timbradores y artículos similares (incluidos los aparatos para imprimir etiquetas), de mano; componedores e imprentillas con componedor, de mano.

 

 

96.12                           Cintas para máquinas de escribir y cintas similares, entintadas o preparadas de otro modo para imprimir, incluso en carretes o cartuchos; tampones, incluso impregnados o con caja.

 

9612.10.00    -   Cintas

 

9612.20.00    -   Tampones

 

 

96.13                           Encendedores y mecheros, incluso mecánicos o eléctricos, y sus partes, excepto las piedras y mechas.

 

9613.10.00    -    Encendedores de gas no recargables, de bolsillo 9613.20.00                    -    Encendedores de gas recargables, de bolsillo 9613.80.00                    -    Los demás encendedores y mecheros 9613.90.00           -                    Partes

 

9614.00.00 Pipas (incluidas las cazoletas), boquillas para cigarros (puros) o cigarrillos, y sus partes.

 

 

96.15                           Peines, peinetas, pasadores y artículos similares; horquillas; rizadores, bigudíes y artículos similares para el peinado, excepto los de la partida 85.16, y sus partes.

 

- Peines, peinetas, pasadores y artículos similares: 9615.11.00                    --       De caucho endurecido o plástico  9615.19.00  --                    Los demás

9615.90.00    -    Los demás

 

 

96.16                           Pulverizadores de tocador, sus monturas y cabezas de monturas; borlas y similares para aplicación de polvos, otros cosméticos o productos de tocador.

 

9616.10.00    -   Pulverizadores de tocador, sus monturas y cabezas de monturas

 

9616.20.00    -   Borlas y similares para aplicación de polvos, otros cosméticos o productos de tocador

 

 

96.17                           Termos y demás recipientes isotérmicos, montados y aislados por vacío, así como sus partes (excepto las ampollas de vidrio).

 

9617.00.10        Termos y demás recipientes isotérmicos 9617.00.90                        Partes

 

 

9618.00.00    Maniquíes y artículos similares; autómatas y escenas animadas para escaparates.


9619.00.00    Compresas  y tampones  higiénicos,  pañales para bebés  y artículos similares, de cualquier materia.

 

9620.00.00    Monopies, bípodes, trípodes y artículos similares.